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lunes, 2 de junio de 2014

¿A LAS PUERTAS DE UN NUEVO CONFLICTO JURIDICO EN CENTRO AMERICA?



El Parlamento Centroamericano,- PARLACEN-, ha emitido resolución de fecha veintisiete del mes de Mayo suscrita por la Señora Presidente Paula Rodríguez, en el que en una forma clara señala el próximo día Miércoles 25 del presente mes y año, como la fecha en la cual, durante la sesión plenaria, según acuerdo de la Junta Directiva de dicho organismo regional, será juramentado como Diputado Centroamericano, el nuevo expresidente del Estado de El Salvador, Mauricio Funes Cartagena.

Sin embargo, la Sala de lo Constitucional,- SC-, de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador,- CSJ-, recién ha admitido una demanda por medio de la cual se alega la inconstitucionalidad de dos artículos del Tratado Constitutivo del PARLACEN, así como de su Reglamento Interno, pretexto de violar el Art. 80 de la Constitución de la República de El Salvador.

Mientras se estudia la demanda, los magistrados de la SC ordenaron al Tribunal Supremo Electoral,- TSE-, salvadoreño, que se abstenga de entregar credenciales “al presidente, vicepresidente y designados a la Presidencia de la República de El Salvador, cuyo mandato concluye el 1-VI-2014, como diputados al Parlamento Centroamericano”, frenando,- aparentemente-, de momento la aspiración del mandatario saliente de integrarse al organismo regional.

El TSE ha obedecido y no ha entregado credencial alguna a los funcionarios salientes. Sin embargo, el PARLACEN, dado que no necesita de credenciales para juramentar a los expresidentes como diputados centroamericanos,- en amparo a la existencia de los hechos notorios-, ha hecho caso omiso de la resolución de la SC y ha continuado con el proceso de juramentación de dichas personas.

¿Prevalece el Tratado de Constitución del PARLACEN o la Constitución salvadoreña?

En apariencia la respuesta parece sencilla, pues la misma Constitución salvadoreña, establece que los tratados están por sobre las leyes internas, pero bajo la misma Constitución.

Así, la Pirámide de Kelsen de jerarquía, prelación, prevalencia y fuente de Derecho, en el Estado de El Salvador, sería,- solo con la lectura de la Constitución misma-:
1)   Constitución
2)   Tratados Internacionales
3)   Leyes
4)   Reglamentos
5)   Ordenanzas

Sin embargo, la Corte Centroamericana de Justicia,- CCJ-, en su jurisprudencia y al amparo del Derecho Comunitario, ha dejado muy en claro que, la Pirámide de Kelsen para la jerarquía, prelación, prevalencia y fuente de Derecho de cada uno de los Estados miembros, tiene en la cúspide, al DERECHO COMUNITARIO CENTROAMERICANO y su jurisprudencia y en segundo lugar a las Constituciones de cada uno de los Estados miembros.

Todo esto mismo, al amparo del Derecho Comunitario Europeo, el cual ha sido integrado en forma análoga por la misma CCJ y también en base al Derecho Comparado.

Ahora bien, cualesquiera persona podría alegar que, entonces los Estados miembros estarían perdiendo soberanía al momento de aprobar el Sistema de la Integración de Centro América,- SICA-, y el PARLACEN.

Ya esta ridiculez de objeción ha quedado superada hace muchísimos años, precisamente por los Estados Europeos, cuando el mismo tribunal europeo correspondiente ha resuelto que, los Estados, al constituir y aprobar organismos supranacionales,- como el caso del SICA y el PARLACEN, en Centro América, entre otros-, no están perdiendo en forma alguna parte de su soberanía, si no que, están cediendo parte de ella para constituir un ente aún más fuerte que el de los Estados miembros por separado. ¡Todo a modo de un sistema parecido al federado o confederado y aprovechando la sinergia de la que dichos nuevos organismos gozan!

Está muy claro que, en el Derecho Comunitario ya no se puede alegar que, los entes, tratados y leyes supranacionales no pueden contrariar las Constituciones de cualesquiera de los Estados miembros. Lo que prevalece e impera es un razonamiento totalmente contrario: Las Constituciones de los Estados miembros no pueden contrariar a los organismos supranacionales ni a los tratados de igual categoría.

Ojalá y se llegue de nuevo a una confrontación entre la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador y la Corte Centroamericana de Justicia. No por el mero hecho de tener un conflicto y litis jurídica per se, mas bien por el hecho que se establezca de nuevo la autoridad de la corte regional y para que quede aún más en claro que, los organismos que los centroamericanos han venido creando y constituyendo a lo largo del tiempo al amparo del SICA,- la otrora Organización de los Estados Centroamericanos (ODECA)-, gozan de supranacionalidad al igual que éste.

Baste recordar que, hace un par de años, la CCJ ha dictado una sentencia en contra de lo actuado por la SC de la Corte Suprema de Justicia de El Salvador. Y, a fín de cuentas, la salida por la cual se ha optado en el Estado de El Salvador fue, deshacer todo lo hecho para no verse en la necesidad de aplicar la sentencia de la corte supranacional. ¡Una elegante forma de obedecer la sentencia del tribunal supranacional!

Algunos personas llegan incluso a tener la osadía de alegar que, el SICA y sus demás organismos no son supranacionales y sus resoluciones no son vinculantes, si no tan solo meras recomendaciones.

Como prueba ab absurdo, si el SICA no fuera un organismo supranacional, al igual que todos sus otros organismos dependientes, entonces: ¿Para qué han sido creados? ¿Por qué ha surgido entonces un Derecho Comunitario Centroamericano? ¿Por qué Costa Rica, aún y cuando no ha ratificado el Tratado de Constitución de la CCJ, tiene una tradición de siempre acatar todas las sentencias aún y cuando le son desfavorables?

No en vano, Manuel José Arce Fagoaga, primer Presidente Federal de Centro América, originario del Estado de El Salvador, dedicó sus memorias al pueblo de Costa Rica, precisamente por haber sido el único estado y pueblo centroamericano que desde el inicio y siempre, fue obediente y se dedicó a cumplir las leyes federales y no a estarlas objetando innecesariamente. ¡Esa disciplina ha llevado a Costa Rica muy lejos como todos bien saben!

Así, si las derechas continúan en su actitud, todo apunta a que el nuevo perseguido y el mismo PARLACEN podrían optar por acudir a la Corte Centroamericna de Justicia, cuyo pensamiento ideológico y jurídico es de marcada tendencia a favor de las izquierdas. ¡No hay que olvidar que, es muy conocida la influencia de Daniel Ortega en dicho Tribunal supranacional y regional!

Vale la pena que el lector revise la jurisprudencia del Derecho Comunitario Europeo y del Derecho Comunitario Centroamericano, último emanado de las sentencias de la Corte Centroamericana de Justicia.

Como dato relevante y que debe llenar de orgullo a todos los centroamericanos, la Corte de Justicia Centroamericana,- CJC-, es el primer tribunal internacional de justicia constituido en todo el mundo y, es la que luego se transformaría, tras años de haber cesado su funcionamiento, en la Corte Centroamericana de Justicia,- CCJ-. ¡Esa misma Corte que es vista por los magistrados centroamericanos y como los profesionales del Derecho como el “exilio dorado” en la actualidad!

Regresando al tema principal: Parece ser que, el nuevo expresidente del Estado de El Salvador, se encamina a ser juramentado como diputado centroamericano.



¡Saque el lector sus propias conclusiones!



LUN 02 JUN 14


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