El Artículo 7 del Convenio Europeo sobre Derechos Humanos,- CEDH-, recoge una de las mayores conquistas de la humanidad, gran legado del Derecho Romano,- siempre los romanos-, plasmado en un brillante aforismo: “Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege.”
El Principio de Legalidad,- PL-: “Nadie podrá ser condenado por una acción o
una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una
infracción según el derecho nacional o internacional.” Los hechos y las
penas deben estar previamente establecidos en la ley para que una conducta
pueda ser sancionada penalmente.
Este principio tiene un
significado político en tanto constituye una garantía para los ciudadanos y el
ejercicio de su libertad, asegurándoles que sólo podrán ser castigados y, por
tanto, limitados en su libertad por hechos que hayan sido previamente
establecidos en la ley, lo cual constituye una barrera en contra de la
arbitrariedad de la justicia penal.
Quizás, cuando se trata de
entender lo que es este principio con la historia, la mente viaja a los Juicios
de Núremberg, cuando las altas autoridades del régimen de Adolf Hitler fueron
juzgadas por crímenes que, cuando fueron cometidos, se encontraban de
conformidad con el ordenamiento jurídico alemán. Así, Núremberg parece ser la
más grande violación del PL de la historia. Se estaba entonces ante dos
caminos: Permitir una impunidad total o en apariencia violar el PL y no
permitir una impunidad de tan atroces acciones. ¡La respuesta es ya de todos
conocida!
* * *
En
los últimos días ha vuelto a la palestra política el mal llamado “caso
sobresueldos”, en el que ha quedado al descubierto y en evidencia, las pingües
sumas de dinero que “destacados” tanques de pensamiento y varios periodistas, alem
vicepresidentes, ministros, viceministros, funcionarios, fiscales y magistrados
de los anteriores seis gobiernos que han regido los destinos de esta nación,-
cuatro de gobiernos derechistas y luego dos de gobiernos “izquierdistas” que
habían ofrecido erradicar los vicios de los anteriores,- habían venido
recibiendo periódicamente durante dicho período.
¿Por
qué mal llamado “sobresueldos”? Hace varios años, recién iniciado el primer
gobierno izquierdista de los ex guerrilleros, se hizo mención a este problema,
llamándolo equivocadamente así. La verdad es que, estas coimas que se
entregaban periódicamente, se indicaba a los beneficiarios que no debían ser
remesadas en los bancos, ni debían realizar fuertes abonos a tarjetas de
crédito u obligaciones similares, tampoco declararlas como ingresos ante el
Ministerio de Hacienda. ¡A todas luces una ilegalidad que debía ser ocultada!
Las
primeras reacciones han sido las típicas negaciones de parte de los
involucrados, varios de los cuales han sido ya llamados a comparecer ante una
comisión que investiga este caso. Se han escuchado en el medio externo, vivas,
hurras y aplausos de correligionarios cuando los entrevistados brindan
respuestas desafiantes y/o que pretenden sentar cátedra a inexpertos jóvenes
diputados miembros de dicho grupo de indagación. Lamentablemente, no se han
percatado que, entre una respuesta y otra, han ido dejando grabadas, claves
confesiones que eventualmente podrán y serán utilizadas en contra de ellos.
Por
supuesto, también hay actos de los diputados miembros de la comisión que
investiga este caso que, no pueden menos que conducir a las carcajadas de la
audiencia, tales como presentar como evidencia un recibo de dinero sin la firma
de la persona cuestionada.
Sin
embargo, ante el efecto bola de nieve, por el cual cada día se vuelve más
grande la evidencia e indicios en contra de los ex funcionarios y demás
involucrados, ahora se han decantado todos los señalados por adoptar una nueva
defensa que en realidad no es más que un insulto a la inteligencia del público:
“Los “sobresueldos” es cierto que son inmorales y faltos de ética, pero son
legales.”
Por
otra parte, muchos de ellos han estado riendo con sorna, alegando que toda
investigación es un mero circo porque, “estos delitos ya prescribieron”. En
realidad, hay un error de concepto en este argumento, pues los delitos no
prescriben, lo que prescribe es el derecho al inicio de la acción judicial de
parte del Ministerio Público para la persecución y el correspondiente proceso
ante el Órgano Jurisdiccional.
Desafortunadamente
para los involucrados, se ha presentado una iniciativa de Ley de parte del
Ejecutivo, a fín que se modifique el correspondiente artículo del Código Penal,
declarando que las acciones judiciales para todo este tipo de delitos públicos
no prescriben y se brinda una retroactividad de hasta treinta años,
declarándola Ley de Orden Público, lo cual, según la Constitución de El
Salvador sí es permitido.
En
el caso salvadoreño, lo que se está haciendo es que la prescripción para la
persecución no opere por lo que el delito podrá entonces ser perseguido. En
realidad hay mucha tela que cortar y esta es opinión propia. ¡Al final, será la
Sala de lo Constitucional quien habrá de resolver cualesquiera Proceso de
Inconstitucionalidad interpuesto ante ella al respecto!
Por
supuesto, cualquier persona puede alegar desde ya que, dicha Sala comulga con
el criterio del Ejecutivo, muy al contrario de la anterior. ¡Menudo lío!
Por
supuesto, muchos doctos tanques de pensamiento y prominentes abogados al
servicio de los involucrados, ya comenzaron a pronunciarse en contra de esto,
alegando una clara inconstitucionalidad. Por otra parte, otros destacados involucrados
han salido ya apresuradamente del territorio salvadoreño.
Por
supuesto, otra excusa que no falta en el repertorio de los señalados, es que
todo se trata de una mera “persecución política”.
Hay
que ponerse en los zapatos de los gobernados, hay que recurrir a la empatía
para comprender a las masas y por qué éstas no responden a los llamados de los
dos partidos políticos caídos en desgracia. ¿Qué puede sentir una persona de
escasos recursos económicos, cuando los mismos que han recibido US$5 mil, US$10
mil o más, periódicamente, cuestionan el hecho que el gobierno central conceda
un subsidio de US$300 a las masas?
En
las redes sociales, había circulado desde hace un par de semanas, una
convocatoria a un paro general en contra de la “dictadura salvadoreña”, misma
que estaba programada para el pasado día Viernes treinta del presente mes y
año. La misma iniciativa había nacido muerta y fué abandonada a los pocos días.
¿Podría
una salida ser, negociar una confesión de parte de los involucrados y el
reintegro de las sumas de dinero con sus frutos e intereses a cambio de una
amnistía total al estilo del caso sudafricano? ¡A fín de cuentas lo importante
es resarcir al erario!
Por
supuesto que todos entienden que la corrupción continúa siendo un mal endémico en
el territorio, pero no puede ser excusa absolutoria para los de antes que, “se
debe perseguir a todos o a ninguno” ya que no están en una posición de imponer
condiciones. Los que antes reían y pensaban que jamás serían tocados gracias a
la “gobernabilidad” y “democracia compartida y comprada”, hoy piensan diferente
y… los que ahora gobiernan deben recordar que la noria sube y baja.
¡Saque
el lector sus propias conclusiones!
José
Roberto Campos hijo
DOM
01 AGO 21