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domingo, 12 de julio de 2015

DEUDA ODIOSA



 

                      GRIEGOS CELEBRAN EL TRIUNFO DEL "NO"



La doctrina teórica de la Deuda Odiosa,- DO-, fué formalizada en su momento por un jurista ruso especializado en finanzas públicas, Alexander Nahum Sack, quien ejerció desde 1917 como profesor de Derecho Internacional en universidades de Europa y más tarde de Estados Unidos de América,- EE. UU.-.

Éste la expuso en un tratado publicado en París,- 1927-, cuando profesor de derecho en el Instituto de Estudios Políticos de París. Basándose en los precedentes del siglo XIX, incluido el rechazo por parte de México de las deudas contraídas por el Emperador Maximiliano I, y el rechazo por EE. UU. una vez que se anexó Cuba, de las deudas contraídas por la isla cuando colonia española:

Dijo Alexander Nahum Sack:

“Si un poder despótico incurre en una deuda no por las necesidades o los intereses del Estado, si no para otorgar mayor fuerza a su régimen despótico, para reprimir a la población que se le enfrenta, etc., esta deuda es odiosa para la población de todo el Estado. Esta deuda no es una obligación para la nación; es una deuda del régimen, una deuda personal del poder que la ha tomado, por lo tanto ésta cae con la caída del poder que la tomó. La razón por la que no se puede considerar que estas deudas odiosas graven el territorio del Estado es que dichas deudas no cumplen con una de las condiciones que determinan la legalidad de las deudas del Estado, que dice: Las deudas del Estado deben ser tomadas y los fondos deben ser empleados para satisfacer la necesidades y los intereses del Estado.

Las deudas odiosas tomadas y usadas con fines que, con el conocimiento de los acreedores, son contrarios a los intereses de la nación, no comprometen a esta última,- en el caso que la nación tenga éxito en liberarse del gobierno que incurrió en ellas-, excepto por la cantidad con la que obtuvo beneficios de esas deudas. Los acreedores han cometido un acto hostil para con la población; ellos, por lo tanto, no pueden esperar que la nación liberada de un poder despótico asuma las deudas odiosas, que son deudas personales de ese poder.”

En resumen, según Jeff King, la DO es aquella deuda externa contraída contra los intereses de la población de un país y con el completo conocimiento del acreedor.

A la DO también se le llama Deuda Execrable o Deuda Ilegítima y, en Derecho Internacional, ha sido muchas veces alegada y puesta en práctica a lo largo de la historia.

Así, la deuda externa de un gobierno, contraída, creada y utilizada contra los intereses de los ciudadanos del país, no tiene por qué ser pagada y por tanto no es exigible su devolución ya que los prestatarios habrían actuado de mala fé, a sabiendas, y por tanto dichos contratos,- bonos o contratos comerciales-, son legalmente nulos, muy similar al concepto de la nulidad de pleno derecho. En todo caso, tales deudas podrían considerarse personales, debiendo responder quienes las hayan contraído a título personal,- sea el monarca, el presidente, el director del banco central nacional o los ministros correspondientes-, y no el Estado en su conjunto y por tanto los ciudadanos. En algunos aspectos, el concepto es análogo a la nulidad de los contratos firmados bajo coacción.

Esta doctrina está presente en la discusión sobre la obligación de pago de la deuda externa en aquellos países donde han existido dictaduras, monarquías absolutas, gobiernos no representativos e incluso gobiernos elegidos democráticamente que han contraído deudas a espaldas de sus ciudadanos, sin su consentimiento y con fines de enriquecimiento personal, enriquecimiento corporativo, para la represión social y política y, en todo caso, contra los intereses de los propios ciudadanos.”

Se ha esgrimido la DO con frecuencia de parte de EE. UU., para no hacerse cargo de las deudas contraídas por los países que pasaban a su órbita: Desde la “independencia” de Filipinas,- (1899-1901)-, y Cuba,- (1898-1902)-; hasta la administración de Irak por EE. UU. durante la Guerra del 2003 cuando se negó a pagar las deudas contraídas con países como Francia.

En otras palabras, se adquiere el bien con los derechos,- activos-, que éste implica, mas no los pasivos,- obligaciones-, imbuidos en el mismo.

Hay que tener en cuenta que, en general, los apoyos externos a los procesos de independencia buscan ganar influencia política y económica geoestratégica, y reducir o eliminar la influencia y poder de la metrópolis colonial.

El 10 de Diciembre de 1898, durante la negociación que culminó con la suscripción del Tratado de París, para poner fín a la Guerra Hispanoamericana, la delegación estadounidense, encabezada por el subsecretario de Estado, William R. Day, siguiendo expresas instrucciones del presidente William MacKinley, rechazó toda pretensión de la contraparte española, liderada por el jurista Eugenio Montero Ríos, presidente del Senado de su país, que al independizarse Cuba, pasar Puerto Rico a depender del gobierno de Washington y adquirir éste Filipinas, las deudas coloniales con la vieja metrópoli fueran asumidas por las nuevas autoridades, según cada caso.

La principal preocupación española en las negociaciones se centró en la cuestión de la deuda cubana que alcanzaba los 1,500 millones de pesetas. España argumentó que, EE. UU. debía hacerse cargo de ese pasivo y luego transferirlo a las futuras autoridades de la isla cuando ésta adquiriese su independencia plena. Pero la respuesta de Day y los suyos fue transcribir una protesta de la Universidad de La Habana: “¿Han sido alguna vez consultados los habitantes que están interesados en este asunto? El país ni ha sido consultado y ahora por primera vez se le notifica que debe pagar estas deudas.”

Además la delegación estadounidense dejó puntualizado que, cuando su país compró Lousiana a Francia, Florida a España y Alaska a Rusia, no asumió las deudas que pudieran tener esas regiones, mismas que fueron absorbidas por los vendedores. De esa manera se puso punto final a toda discusión sobre el punto, quedando sentadas las bases de la doctrina de la DO.

Este concepto fue tomado en los últimos años por el Vaticano, a partir de su impulso, en el marco del Jubileo 2000, a la condonación de la deuda de los países del Tercer Mundo, sobre todo cuando ésta representa valores insignificantes porcentualmente, más allá de sus volúmenes, en las carteras de los acreedores. Máxime cuando la ilegitimidad de dichas deudas se vincula con gobiernos dictatoriales, como el del Proceso de 1976 a 1983 en Argentina, de otros regímenes terroristas de estado de la región, de tiranos sangrientos de Africa como Mobutu Sese Seko,- Zaire-, e Idi Amin Dada,- Uganda-, o  en Asia en el caso del corrupto ex aliado de EE. UU., Ferdinand Marcos, cuya fortuna heredada por su esposa Imelda,- la famosa “Mariposa de Hierro”-, fué calculada en US$10,000 millones.

Tal vez MacKinley, a la postre asesinado por un anarquista un año y medio después de la firma del Tratado de París, haya sido iluminado por la propia divinidad para desarrollar esa doctrina. El presidente que anexó a su país las islas Hawai y mantuvo una constante expansionista, ante una consulta que se le realizara en relación con su decisión de intervenir en la guerra que España llevara contra los independentistas cubanos, respondió que ello le había sido encomendado por Dios mientras caminaba una noche por los pasillos de la Casa Blanca. ¿Delirio Mesiánico?

Así, correspondió al anarquista Leon Czolgosz el ominoso privilegio de cometer el tercer asesinato de un presidente de EE. UU. Este anarquista hijo de inmigrantes polacos, había nacido en 1873 en la ciudad de Detroit, Michigan. Durante la crisis que se conoce como el Pánico de 1893, perdió su empleo en una fábrica. A partir de entonces nunca tuvo un trabajo fijo y se convirtió en un anarquista, en un momento en el que los miembros de ese movimiento eran conocidos en Europa y en América por sus atentados contra figuras públicas.

Regresando al tema en comento...

¿Y qué si no se paga?

La crisis que se vive hoy en día ha resucitado un debate que brota cada vez que un país pasa por dificultades a la hora de pagar su deuda soberana. La cuestión de la llamada DO parece clara pero ni mucho menos lo es.

Hasta el siglo actual, considerar ilegítima una parte o el total de una deuda estatal se daba con cierta frecuencia, pero parece que cada vez es más difícil pulsar el botón del pánico. La crisis de deuda europea así lo ha puesto de manifiesto: Países al borde del ahogamiento que han preferido sacar la tijera de la austeridad, con sus dramáticas consecuencias sociales, antes que plantarse y afirmar que parte de su deuda era un engaño. Lo más parecido que se ha visto es el rechazo de Islandia a abonar las deudas de sus bancos. ¡Se acordó que no se pagarían y no se pagaron!

Las bancarrotas de los estados y los impagos de deuda se han producido desde hace siglos. Malas gestiones, derroches de dinero, guerras eternas que absorbían recursos estatales e inversiones de dudosa rentabilidad solían ser los principales motivos que obligaban a los países a decirle a sus acreedores que no podían pagar. Realmente, esos impagos se debían a la imposibilidad técnica de abonar las deudas.

Otra cosa distinta es no querer pagar las deudas. Eso se empezó a producir en siglo XX, cuando en diversos momentos algunos estados se negaron a pagar una parte o la totalidad de las deudas que habían contraído con el exterior. Un ejemplo es la Rusia bolchevique en 1918,- la URSS se formaría hasta 1922-, que rehusó pagar las deudas de la Rusia zarista al considerarlas ilegítimas; también en 1923, Costa Rica se negó a pagar una deuda contraída por el presidente y dictador saliente Tinoco a título personal y que el Royal Bank of Canada le reclamaba al conjunto del país.

Las dictaduras cleptocráticas africanas y latinoamericanas que durante décadas han enriquecido al dictador de turno y a su camarilla, son los primeros candidatos a que su deuda, contraída a menudo a título personal, no deba ser asumida por los sufridos ciudadanos una vez el país ha conseguido librarse de ellos. También sociedades democráticas han acabado recurriendo a los postulados de Sack al ver que ciertas deudas generadas en el pasado y que empezaban a pesar en el presente distaban mucho de seguir los criterios legítimos de una deuda.

El economista británico John Maynard Keynes enunció una conocida frase: “Si un ciudadano le debe mil libras a un banco, el ciudadano tiene un problema. Si le debe al banco diez millones de libras, quien tiene un problema es el banco.”

Así, por analogía, si es un país pobre quien le debe a uno rico, el país pobre tiene un problema. En cambio, si quien debe al rico es todavía más rico, es el rico quien tiene el problema.

A pesar de la claridad de las bases de la ilegitimidad de la deuda, en muchos casos, bien en países que realizaban una transición de dictadura a democracia como en países que ya tenían una tradición democrática consolidada, ha temblado el pulso de cara a afirmar que su deuda nacional es odiosa, y han acabado pasando por el aro de las fuerzas económicas internacionales, terceros estados u organizaciones internacionales que les “invitaban” a no poner de nuevo a cero el contador de la deuda. En el mundo contemporáneo nada es fácil ni sencillo.

Así, cuando varios países latinoamericanos realizaron su transición en los años ochenta de dictaduras a democracias, a pesar que podían haber repudiado la deuda de los regímenes anteriores,- el Derecho Internacional les habría dado la razón-, no lo hicieron y se acogieron a una reestructuración de deuda patrocinada por EE. UU. y el Fondo Monetario Internacional,- FMI-. No renegar de las cargas anteriores acabaría siendo determinante en el aspecto económico, y lastraría poderosamente a todo el conjunto de Latinoamérica en lo que se ha denominado como la “década perdida”.

Los motivos que llevan a los países con DO a agachar la cabeza y seguir pagando religiosamente son intrincados, aunque a menudo tiene que ver con el peso económico del acreedor de dicha deuda.

La Guerra Fría ha tenido mucho que ver en esto. Los países cuyas deudas provenían del lado occidental, especialmente EE. UU., se vieron en un serio problema cuando se convirtieron en democracias. ¿Dejar de pagar y enfadar a los EE. UU., al FMI, al Banco Mundial,- BM-, y demás o seguir pagando y tenerlos de su lado?

Un caso reciente en el que se aceptó una gran parte de la deuda como DO se dio en el 2003, cuando el gobierno iraquí, sucesor al de Saddam Hussein, propuso una quita del 80%, especialmente con países occidentales, al considerar que la deuda era del régimen anterior y contraída en su mayoría durante la guerra de ocho años con Irán,- 1980-1988-. Dicha reducción,- estimada en unos US$80,000 millones-, fue apoyada por EE. UU. en una clara maniobra geoestratégica. Un Irak sin apenas cargas y cuyos rendimientos del petróleo no fuesen para pagar deudas era muchísimo más útil para los intereses de EE. UU. que un Irak sepultado en pagos millonarios. ¡Todos los acreedores aceptaron!

También ha habido momentos en los que países del Sur han conseguido declarar su DO a pesar de las presiones del Norte y de su omnipresente emisario para estos casos, el FMI. En el 2008, el Presidente de Ecuador, Rafael Correa, argumentó que el 70% de la deuda soberana del país era ilegítima, y que por el bien del país no se podían estar empleando año tras año enormes cantidades del presupuesto, incluyendo réditos del petróleo, a pagar una deuda que lastraba al país. Así, a pesar de las presiones del FMI y del BM, decretó la suspensión del pago de un 70% de la deuda nacional, además de expulsar del país a los enviados del FMI a Quito.

En Grecia, desde los primeros años del siglo XXI, el gobierno conservador estuvo durante dos legislaturas emitiendo bonos y falseando las cifras de deuda y déficit público para así cumplir los requisitos de estabilidad impuestos por la Unión Europea,- UE-. En esta tarea de camuflaje por los mercados internacionales, Grecia contrató los servicios de la conocida asesora financiera Goldman Sachs. En el año 2002, el vicepresidente de la firma americana en Europa era Mario Draghi. Siete años después, en el 2009, los conservadores son vencidos en las elecciones griegas por los socialistas de Yorgos Papandreu. El nuevo gobierno, al destapar el fraude del gobierno anterior, abriría la caja de Pandora,- ¡nada bueno surge de esta famosa caja!-. Las cifras del gobierno conservador estimaban en un 3,7% el déficit público, una cifra que aunque un poco alta, era aceptable y daba margen de actuación; los socialistas acabaron demostrando que las cifras reales estaban bastante lejos de ese 3,7%, ya que el porcentaje real de dicho déficit era de un 12,7%, un dato que ponía directamente a Grecia al borde del precipicio.

En cuanto se destapó ese nuevo dato, la calificación de la deuda griega se desplomó y los nuevos préstamos empezaron a tener unos intereses desorbitados.

Puesto que el estado griego no podía endeudarse con ese 12,7% de déficit y menos con semejantes intereses, tuvo que recurrir pidiendo rescate a la UE y al Banco Central Europeo,- BCE-, cuyo presidente entonces era el mismo Mario Draghi. Una avalancha de millones de euros llegó entonces a las arcas griegas, pero solo para pagar la desmesurada deuda que Grecia tenía. A cambio, el estado heleno tendría que hacer algunos “ajustes” para reducir su déficit, que en realidad se convirtieron en leoninos recortes de todo tipo de servicios públicos y sociales. ¡La última bala que pudo usar Grecia para salir de la crisis fue a su pié!




CELEBRANDO TRAS EL REFERENDUM



 ¿Podía en 2009 declarar Grecia la ilegitimidad de la deuda de los gobiernos anteriores?

Si se responde a las tres condiciones que establece Sack para declarar una DO, parece ser que la deuda griega cumple dichas características. Se han formado varios grupos de trabajo de cara a auditar los acreedores de la deuda griega, las cantidades y a qué se ha destinado ese dinero. Desde 2009 que empezaron los trabajos, nada más se ha vuelto a saber. A esas alturas parece que ya era demasiado tarde. Grecia bien podía haber rechazado pagar semejante despropósito financiero, pero ni el FMI, defensor de la desregulación y la financiarización de la economía, ni el BCE, guardián de la estabilidad del Euro, muy afectado por las deudas de los países periféricos, ni Alemania, el mayor acreedor de los griegos, tenían la intención de perdonarle los pecados a Atenas. Una vez más, el peso internacional se hace presente y el “vos verás lo que hacés” puede más que el Derecho Internacional.

En Grecia hasta se llegó a constituir una comisión de expertos internacionales para auditar la deuda pública helena. La denominada “Comisión de la Verdad sobre la Deuda Pública”, cuyo fin es determinar si la deuda contraída por el estado heleno es legítima o no.

El informe no puede ser más explícito al respecto: “Toda la evidencia que presentamos en este informe muestra que Grecia no sólo no tiene la capacidad de pagar esta deuda, si no que, tampoco debe pagarla” porque, según alega dicha comisión, vulnera los “derechos humanos fundamentales de la población griega” y, por tanto, “llegamos a la conclusión que Grecia no debería pagar esta deuda porque es ilegal, ilegítima y odiosa”. En concreto, estos expertos afirman que Grecia no debe pagar la deuda contraída desde 2010 a 2015.

La Presidente del Parlamento griego, Zoé Konstandopulu, afirmó que Grecia “no puede sentirse obligada” a pagar la deuda porque no es responsable de ella. Los primeros resultados analizan el período comprendido desde la firma del primer rescate con las instituciones, la Comisión Europea,- CE-, el BCE y el FMI en 2010 hasta la actualidad, aunque el objetivo de la comisión es “analizar el crecimiento de la deuda pública griega desde la década de 1980”.

El comité considera que Grecia ha sido y es aún víctima de un ataque premeditado y organizado por el FMI, el BCE y la CE. Esta misión violenta, ilegal e inmoral tiene como objetivo exclusivamente trasladar la deuda privada al sector público.

El pasado día 5 del presente mes y año, Grecia realizó un referendum que, dio como resultado un rotundo rechazo a las condiciones del rescate propuesto por la UE, el FMI y el BCE.

El motivo de su celebración fué la imposibilidad de llegar a un acuerdo en las negociaciones entre el gobierno griego y sus acreedores antes de finales de Junio del 2015. El referendum, que fué el primero desde 1974, y el único en la historia griega moderna que no se refiere a la forma de gobierno, fue anunciado por el primer ministro griego Alexis Tsipras a primera hora del 27 de  Junio del 2015 y ratificado por el Consejo de los Helenos al día siguiente.

En Abril de 2015, la idea de la consulta fué planteada por el primer ministro Alexis Tsipras, siendo inmediatamente criticada por el presidente del Eurogrupo, Jeroen Djisselboem, entre otros. A pesar de ello, finalmente el gobierno griego anunció el 27 de Junio del 2015 la realización del referendum, inicialmente previsto para principios de Julio de 2015, y en el que se consultaría la decisión de aceptar o no la continuación del plan de rescate propuesto por la Cumbre de la UE, el BCE y el FMI.

Con el resultado de este referendum, Tsipras ha resultado fortalecido y la UE sabe que debe negociar con cuidado un eventual acuerdo con Grecia.

¡EE. UU. y su progenitora Inglaterra, ríen entre bastidores por una eventual caída de la Eurozona!
¡Rusia y China también ríen, aunque por razones diferentes!

¡Rusia llega al extremo de ofrecer un salvavidas a Grecia en caso de no llegar a un acuerdo con la UE!

¡A todos estos países adversarios económicos les interesa ver una Eurozona debilitada y cayéndose, sin importar si es en forma estrepitosa o de a poco, muriendo entre suaves quejidos!

¡La salida de Grecia de la Eurozona podría causar un efecto dominó, haciendo que, la misma se derrumbe como un castillo de naipes!



¡Saque el lector sus propias conclusiones!



DOM 12 JUL 15

miércoles, 8 de julio de 2015

LA SOMBRA NEGRA







Una realidad y verdad que no tiene nada de conspicua:

“¡El Estado de El Salvador está inmerso en una total crisis que no toca fondo y que no encuentra fín!”

A criterio propio, para ser realista, servidor continúa manteniendo la aseveración y tesis que, el mismo Estado se ha vuelto totalmente fallido y nadie,- ni derechas ni izquierdas-, es capaz de encontrar solución a esta confrontación social armada.

Si bien es cierto la Guerra Civil que tiene ya más de 35 años,- si no 50 años por lo expuesto en anteriores escritos-, ha cambiado de escenario, habiéndose trasladado de uno militar a uno de Guerra Social, la solución empero es aún más difícil de encontrar que la de la anterior etapa que ha conducido a la firma de los Acuerdos de Chapultepec.

En la etapa anterior,- 10 OCT 79 al 16 ENE 92-, el enfrentamiento ha sido abierto, con una guerra popular prolongada de baja intensidad y bastante acorde en términos generales a las reglas y derecho de la guerra, entre la Fuerza Armada de El Salvador,- FAES-, y el Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional,- FMLN-. Ambos bandos, han combatido en su momento por ideales y razones políticas.

El problema actual es que, las maras,- pandillas-, no tienen un ideal justificable que ampare su accionar, razón por la cual la sociedad no considera ética ni moralmente aceptado pactar ni negociar con ellas. De esto, la solución a este grave problema es realmente difícil de encontrar. ¡Tremendo lío!

Un estimado y recordado amigo,- ya trascendido ha muchos años-, decía a servidor: “Cuando el pánico cunde la gente no piensa.”

Se ha llegado en el Estado de El Salvador, de parte de la mayoría de los residentes, a proponer soluciones radicales para el problema de las pandillas. Soluciones que, en la realidad, prima facie, parecen sensatas por la radicalidad que las mismas encierran. ¡Esto es en realidad peligroso!

Una solución añorada por sectores radicales son los grupos de exterminio para hacer frente a la delincuencia.

Baste recordar que, en las últimas elecciones presidenciales, hubo un candidato que, proponía el uso de francotiradores para exterminar y eliminar a los criminales. ¡Muchos rieron por la ocurrencia pero, también muchos en silencio asintieron!

Un grupo de exterminio que a ciencia cierta no se sabe si aún existe es la llamada “Sombra Negra”,- SN.

Hasta donde se sabe, la SN, es un grupo de tipo paramilitar, similar en su categoría de sociedades secretas de corte ilegal u organizaciones delictivas, tales como los antes denominados Escuadrones de la Muerte,- EM-.

Se dice que, en su momento la SN se ha compuesto de policías y personal militar, los cuales eran miembros de la “Justicia de Vigilantes” que atacaban a los criminales y pandilleros. Estos grupos no han estado bajo el mando oficial de la jurisdicción del gobierno.

El grupo apareció en torno a Diciembre de 1994 en el oriental y caluroso Departamento San Miguel. En Abril de 1995, el grupo aseveró que había matado a 17 personas, todos delincuentes o miembros de pandillas. ¡Su actuación duró poco menos de un año!

Los miembros de la SN, vendaban los ojos y ataban las manos y/o los pulgares de sus víctimas a sus espaldas. Finalmente, las víctimas recibían disparos en la parte posterior de sus cráneos de una diversa gama de fusiles de asalto y subfusiles.

Los miembros de la SN ocultaban sus caras y utilizaban vehículos con cristales oscuros sin licencia. La SN declaró que, mató porque la policía no podía hacer cumplir las leyes en el Estado de El Salvador.

La SN se volvió muy conocida por su especialidad en la búsqueda y ejecución de miembros de bandas criminales callejeras.

Antes y después del surgimiento de la SN, hubo varios grupos de exterminio, con un listado de víctimas, pero ninguno con tanto magnetismo.

¿El por qué de la fama de la SN?

Una conjunción de factores: Un metódico ritual en un buen porcentaje de las ejecuciones; la profusa difusión de sus hazañas, con comunicados reivindicativos y otros con amenazas. A decir, una réplica a escala del terror generado por los EM en la década de los 80; y por último, y quizá el factor más influyente, por su final hollywoodense, con detención masiva de varios de sus integrantes y un juicio público a la cúpula que terminó con sentencia absolutoria, para alegría de una sociedad que de forma explícita o implícita aplaudía,- aplaude-, a los que dicen ajusticiar delincuentes.

La SN mató a algunos líderes de las incipientes pandillas; sin embargo, el grupo no surgió contra los pandilleros. Las maras no son lo que ahora. La cúspide de la popularidad de la SN se dió tras acabar con Will Camalarga, líder de una temida banda de asaltantes que tenía su base de operaciones en la colonia Milagro de la Paz, en la Curruncha.

La SN amenazó jueces, fiscales, políticos y defensores de los derechos humanos. También se comprobó que algunas víctimas de la treintena que se les atribuyen no eran delincuentes. Pero su éxito social fué fulgurante, amparado en el tsunami de violencia social incipiente a mediados de los noventa y por el populismo de sus comunicados, en los que vendían la propia imagen como justicieros que actuaban contra delincuentes consuetudinarios porque las leyes eran demasiado blandas, porque no había policías suficientes y/o porque los jueces se vendían.

La extraordinaria repercusión de sus proclamas y el hecho que la Misión de Observadores de las Naciones Unidas en El Salvador,- ONUSAL-, siguiera activa y escandalizada, obligaron al gobierno del Presidente Armando Calderón Sol a actuar. El caso lo asumió la División de Investigación del Crimen Organizado,- DICO-, una efímera unidad policial,- autónoma y financiada por la Organización de las Naciones Unidas (ONU)-, que se creó cuando la Policía Nacional Civil,- PNC-, daba sus primeros pasos, ante los fundados temores que la institución no quisiera mirarse al espejo.

Forzado por la comunidad internacional, el gobierno del Estado de El Salvador amagó firmeza, pero tuvo que hacer frente a masivas manifestaciones de apoyo al grupo de exterminio. ¡Al respaldo social se le sumaba el respaldo empresarial y político!

El entonces Gobernador del Departamento San Miguel, Mario Bettaglio, del partido de derechas Alianza Republicana Nacionalista,- ARENA-, no tuvo reparo en criticar en público las quince capturas del operativo de la DICO contra la SN de Julio de 1995, bautizado como “Operación Ogro”, y en el que se detuvo incluso a quien luego llegara a ser el famoso alcalde de San Miguel, Wilfredo Salgado.

El Gobernador Bettaglio dijo que la SN era un “mal necesario”, y a sus miembros los llamó los “Robin Hood de los migueleños”.

La repercusión saltó las fronteras: Amnistía Internacional enarboló la causa, incluso redactó un dossier especial titulado “El espectro de los escuadrones de la muerte”. Las agencias de noticias más prestigiosas del mundo lo airearon.

Cuando un día de 1994 la SN asesinó a cuatro pandilleros de la clica “Pana Di Locos”, en la colonia El Tesoro, el operativo incluyó dos furgonetas sin placas, una decena de hombres armados con fusiles de asalto y cubiertos con gorros navarone, el cierre al tráfico de una arteria importante sin que apareciera una sola patrulla policial a verificar, y un interrogatorio de cerca de una hora a una veintena de pandilleros. No se preocuparon lo más mínimo por la presencia de testigos, y hasta llevaron en fólder las fichas policiales y las fotografías de sus objetivos prioritarios.

Antonio Yánez, delegado en San Miguel de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos,- PDDH-, entre 1998 y 2001 conoció de cerca la SN porque participó en las investigaciones que ayudaron a su teórico desmantelamiento: “Nosotros le decíamos la “Sandra Nolasco”, por las iniciales.”

El impacto de la SN ha sido tal que, dos décadas después, los nostálgicos del ojo por ojo aún lo citan como el grupo de limpieza social por excelencia.

Una persona quien fué miembro de la SN, cuyo primer nombre comienza con J y su segundo apellido con M, mismo quien estuvo de alta en la Tercera Brigada de Infantería a principios de la década de los 80 y quien desde 1997 vive en el área de Houston, Texas, comenta que:

En 1994, dos delincuentes violaron a su sobrina y, aunque fueron reconocidos, nunca fueron detenidos.

Cuenta JM que, no sabe con exactitud cómo surgió la SN.

Cuando violaron a su sobrina siempre supo quienes eran los criminales. Se acudió a la delegación de la PNC a interponer la denuncia. A pesar de haber dado nombres y señas, los violadores seguían tranquilos en la colonia y nadie les hacía nada. Un día comentó a un amigo taxista que sentía deseos de matar a los dos violadores y él lo recomendó con un amigo suyo que estaba de alta en la PNC. Le preguntó si tenía el valor de matarlos a lo que él respondió afirmativamente.

El policía sí era miembro de la SN, el taxista solo era un informante. El sargento,- de la PNC-, le dió una pistola Makarov y ciertas indicaciones. Durante más de un mes buscó a los delincuentes, pero no los volvió a ver. Buscó al sargento para entregarle el arma, pero él le dijo que se la quedara, que se la regalaba. Lo presentó con cuatro personas más, quienes también estaban de acuerdo en salir a matar delincuentes, especialmente en la Curruncha.

El grupo se llamaba “Comando Antidelincuencial”. Lo del nombre SN surgió meses después, cuando un periódico publicó  ese nombre, debido a que cuando se daba muerte a un delincuente, se dejaba un mensaje con un rostro negro. El rostro negro indicaba que se cubrían el rostro, pero ni siquiera andaban de negro. Sin embargo, el nombre gustó y luego firmaban los comunicados como “Sombra Negra”.

En una ocasión, se informó que se había ubicado a un delincuente que había violado y asesinado a por lo menos siete personas en la colonia Milagro de la Paz. A bordo de un pick up, doble cabina, polarizado, placas falsas, la SN lo fué a buscar. Como a la semana se le encontró, se le subió al carro. El tipo se mostró soberbio y desafiante al principio, hasta que vio que los hombres se pusieron los gorros navarone y sacaron sus armas, comprendiendo que no iba a ser arrestado por la policía. Entonces comenzó a temblar, pero ya había confesado que había matado a tres personas. Alguien lo amarró, lo llevaron al puente Urbina y ahí le mataron. Uno de los participantes le dió el tiro de gracia y le colocaron un rótulo atribuyéndose la muerte. El tiro de gracia era un disparo en la nuca para destrozar el rostro. Se actuaba de 21:00 horas en adelante buscando a los delincuentes. ¡Nunca a la luz del día!

¡La gente también comenzó a matar delincuentes y para que ya no se investigara decían que era obra de la SN!

Parece haber un extendido consenso entre quienes hablan de pandillas, analizan el contexto de la violencia, la forma en cómo operan los grupos delictivos, la gestión del aparato de seguridad estatal, las condiciones de los centros penales, exponen los rumores sobre el tema que circulan por doquier y concluyen categóricamente su argumentación con la siguiente sentencia: “Para erradicar la violencia en el país, a los pandilleros se les debe matar.”

Un epílogo muy al estilo de una película del oeste estadounidense, bien podría ser, tal como lo emulara el Rey de Jordania, Abdalá II, quien estaba dispuesto a llevar a cabo una venganza explosiva contra el Estado Islámico por la brutal ejecución de un piloto jordano y expresó su ira citando un personaje de Clint Eastwood,- “Sin perdón”-: Voy a matar a su esposa y a todos sus amigos y a quemar su maldita casa.”

Pero,… como sabiamente rezara Mahatma Gandhi: “Ojo por ojo y el mundo quedará ciego.”

Una solución al margen de la ley, bien podría desembocar en una avalancha de abusos y desmanes de parte de los “grupos justicieros”, amén que se habrían de cometer muchas injusticias en un proceso de ajusticiamiento masivo y en forma sumaria.

Aunque, muy sabiamente los pueblos árabes también preconizan: “Preferible la injusticia al desorden. Preferible condenar a un inocente que perdonar a un culpable.”

Algo sí es cierto: ¡Los residentes del Estado de El Salvador, están ya hartos de la situación de violencia en la que se les tiene viviendo y ello no puede continuar así en una forma indefinida!



¡Saque el lector sus propias conclusiones!



DOM 05 JUL 15



domingo, 28 de junio de 2015

PALINDROMO




José Jaime Henríquez Ayala



Desde hace muchísimos años, servidor ha sido un fanático de los palíndromos. Un “palíndromo”,- del griego “palin dromein”, traducido como “volver a ir hacia atrás”-, es una palabra, número o frase que se lee igual hacia adelante que hacia atrás. Si se trata de un número, se le llama de preferencia “capicúa”,- del catalán “cap i cúa”, traducido como “cabeza y cola”-. Habitualmente, las frases palindrómos se resienten en su significado cuanto más largas son.



Normalmente se entiende por palíndromo aquel que toma por unidad la letra, es decir, cuya última letra es la misma que la primera, la penúltima es la misma que la segunda, etc. Es el caso de palabras tales como “reconocer” o “anilina”.

Palíndromos comunes en la lengua española: Ele, eme, ene, eñe, ere, ese, oso, Ana, arenera, arepera, anilina, ananá, radar, reconocer, rotor, salas, seres, somos, sometemos.

Mientras más corta la palabra o frase, mayor la facilidad de creación de un palíndromo. Sin embargo, como dicho anteriormente, a medida que se elaboran palíndromos con varias palabras, con frases completas, éstas comienzan a carecer de significado y las mismas se vuelven hasta sin sentido.

·       “Dábale arroz a la zorra el Abad”

·       “A mamá Roma le aviva el amor a papá y a papá Roma le aviva el amor a mamá.”

  • “Allí por la tropa portado, traído a ese paraje de maniobras, una tipa como capitán usar boina me dejara, pese a odiar toda tropa por tal ropilla.”

·       “Adivina ya te opina, ya ni miles origina, ya ni cetro me domina, ya ni monarcas, a repaso ni mulato carreta, acaso nicotina, ya ni cita vecino, anima cocina, pedazo gallina, cedazo terso nos retoza de canilla goza, de pánico camina, ónice vaticina, ya ni tocino saca, a terracota luminosa pera, sacra nómina y ánimo de mortecina, ya ni giros elimina, ya ni poeta, ya ni vida.”

En números es mucho más fácil encontrar palíndromos o capicúas.

Estableciendo un simil tirado un poco de los cabellos, pero bastante acertado, se podría decir que, la situación de extrema violencia que viven los residentes del Estado de El Salvador, se ha vuelto un palíndromo de larga extensión.

La violencia ha rebasado ya por mucho, la capacidad de un Estado que ha llegado a ser totalmente Fallido y que, cada día más, cede el poder y ejercicio de la soberanía a los Señores de la Guerra: Las llamadas “maras” o “pandillas”.

La Señora Embajadora de Estados Unidos de América,- EE. UU.-, para el Estado de El Salvador, Mari Carmen Aponte, ha asistido esta semana al entierro del joven militar José Jaime Henríquez Ayala, cobardemente asesinado el fin de semana pasado en una estación del Sistema Integrado de Transporte del Area Metropolitana de San Salvador,- SITRAMSS-. El sepelio ha sido realizado en un cementerio de San Bartolomé Perulapía, Departamento Cuscatlán, donde residía el militar.

Luego de dar sus condolencias a la familia doliente, la Señora Aponte ha realizado un llamado al pueblo salvadoreño, con el cual ha motivado a cada residente a denunciar los actos de violencia realizados por pandillas.

“No podemos quedarnos en silencio ante esto. Debemos alzar nuestras voces, porque es importante que el pueblo vea que cada muerte nos afecta a todos”, dijo luego del entierro donde se le ha rendido honor al soldado Henríquez, a quien se ha reconocido con la medalla Atonal, Guerrero de Cuscatlán, la cual se ofrece a miembros de la Fuerza Armada que mueren en cumplimiento de su deber.

“Cada vida salvadoreña que se pierde en esta ola de violencia es una pérdida irrecuperable para el país. Estamos aquí en solidaridad a nombre del pueblo de los Estados Unidos para expresar nuestras condolencias a la familia de José Jaime, pero también a la familia del otro soldado que fué enterrado ayer, así como a los policías y militares que todos los días siguen haciendo su trabajo a nombre del pueblo salvadoreño”, ha expresado la diplomática.

La Señora Aponte ha hecho hincapié: “No podemos quedarnos en silencio ante esto. Debemos alzar nuestras voces porque es importante que el pueblo sepa que cada muerte afecta a todos, no importa donde vivan ni quienes sean.”

El soldado José Jaime Henríquez Ayala ha muerto junto a su compañero José Otoniel Perlera el pasado Domingo veintiuno del presente mes y año, tras ser atacados a balazos por presuntos pandilleros cuando custodiaban la estación del SITRAMSS frente a la terminal de Oriente, en San Salvador.

Estas declaraciones de la Señora Embajadora, se contraponen diametralmente con las del Presidente Salvador Sánchez Cerén, quien alega que, los medios informativos, en una forma malintencionada, tienden a dar una dimensión mayor de lo que corresponde en la realidad a la violencia. ¿Cómo?

El Presidente Salvador Sánchez Cerén, se ha dado a la tarea, en los últimos días, de acusar a la Sala de lo Constitucional,- SC-, de la Corte Suprema de Justicia,- CSJ-, de “amarrar al Gobierno”, tras emitir las medidas cautelares que frenan la emisión de títulovalores por la suma de US$900 millones. De nuevo: ¿Cómo?

De acuerdo con el mandatario, la SC está afectando al gobierno y favoreciendo a la delincuencia, ya que parte de los fondos serían destinados a combatir el repunte de violencia en el Estado.

“La Sala de lo Constitucional debe asumir los costos del aumento de la violencia porque le quitaron los fondos al Gobierno para combatirla”, afirma Sánchez Cerén.

La decisión de la SC prohíbe al Ministerio de Hacienda y al Banco Central de Reserva hacer cualesquiera trámite relacionado con estos bonos debido a supuestas inconstitucionalidades en la aprobación de la Ley que lo autoriza, de parte de la Asamblea Legislativa,- AL-.

Asimismo, alega el Presidente que: “Los 4 magistrados no piensan en el país.”

Por otra parte, pide a todos los medios informativos que, actúen con responsabilidad en el manejo de cifras de crímenes y homicidios.

Así, las declaraciones de la Señora Aponte contrastan con las ofrecidas antes por el Presidente Sánchez Cerén, quien ha expresado que, solamente 50 municipios, de los 262 del país, son los más violentos y que “en el resto la mayoría de la población vive tranquilamente”. ¡Caramba! ¡Qué tranquilidad!

Al funeral del soldado Henríquez han asistido también representantes del Ministerio de Defensa,- pero no el Ministro de Defensa, General Munguía Payés-.

El doble crimen de Henríquez y su compañero José Otoniel Perlera, por parte de supuestos pandilleros, ha elevado a 13 la cifra de militares asesinados en el 2015, paralelo a los 29 miembros de la PNC.

Con 537 asesinatos en lo que va de este mes de Junio, el promedio diario de homicidios en el mes es ya de 24, según el Instituto de Medicina Legal,- IML-, lo que significa que hay una tendencia al alza y que este mes ha repuntado en las estadísticas.

Según el Presidente Salvador Sánchez Cerén, la SC de la CSJ es la culpable y responsable del incremento de la violencia, al “amarrar al Gobierno”, tras emitir las medidas cautelares que frenan la emisión de los títulovalores supra mencionados. Otra vez: ¿Cómo?

“La Sala de lo Constitucional debe asumir los costos del aumento de la violencia porque le quitaron los fondos al Gobierno para combatirla”, afirma Sánchez Cerén.

A modo de triste simil, la situación a la que se ha llegado en la vorágine de violencia en el país, es un palíndromo de larga extensión, sin sentido ni solución.

¡Este escrito está dedicado con admiración y agradecimiento a todos los honestos miembros de la Policía Nacional Civil y de la Fuerza Armada, quienes han ofrendado sus vidas en la lucha de la prolongación de la Guerra Civil que se vive actualmente en el Estado de El Salvador!

¡Saque el lector sus propias conclusiones!



José Roberto Campos hijo
DOM 27 JUN 15



P. S. Por favor comparta este artículo si es de su agrado.



domingo, 14 de junio de 2015

QUATTUOR FORTIS





                        Magistrados Blanco, Meléndez, Jaime y González.



Esta semana recién pasada, la Sala de lo Constitucional,- SC-, de la Corte Suprema de Justicia,- CSJ-, ha admitido una demanda de inconstitucionalidad en contra del decreto que autoriza una emisión de US$900 millones en bonos por parte del Estado de El Salvador.

Este proceso de inconstitucionalidad ha sido interpuesto por el ciudadano René Alfonso Guevara Aguilar, quien argumenta que existe un vicio de forma,- no de contenido-, en el procedimiento que se ha seguido para aprobar dicho endeudamiento en la Asamblea Legislativa,- AL-.

En la demanda de inconstitucionalidad, el peticionario sostiene que se ha violado el procedimiento que establece la Constitución para aprobar cualesquiera Ley.

El pasado día 23 de Abril del presente año, se ha sometido a discusión el dictamen favorable Número 396, por medio del cual se autoriza al Ministro de Hacienda la emisión de US$900 millones en títulovalores. ¡Esta iniciativa, en principio no ha contado con los votos necesarios!

Sin embargo, durante la misma sesión plenaria, la diputada Lorena Peña ha solicitado que el dictamen Número 396 regresara a la Comisión de Hacienda, lo que a criterio del demandante vulnera el Artículo 143 de la Constitución que establece que, para que una iniciativa que no ha sido aprobada pueda ser propuesta nuevamente, deben transcurrir al menos seis meses. ¡Poco más de dos horas después, con 56 votos, se ha aprobado el decreto!

En el segundo argumento planteado contra el mencionado decreto se alega que, “en caso de muerte, renuncia, nulidad de elección, permiso temporal o imposibilidad de concurrir de un diputado propietario, quien debe ser llamado a suplirlo debe ser su correspondiente diputado suplente, y no otro; ni siquiera aunque se trate de otro diputado suplente del mismo partido”.

La noche en que se ha autorizado la emisión de los bonos, la diputada propietaria Sandra Salgado se ha abstenido de votar. Luego, ésta se ha retirado de la sesión y entonces ha sido sustituida por el diputado suplente José Wilfredo Guevara Díaz, quien sí ha votado a favor de la aprobación del decreto en la segunda votación.

El ciudadano demandante, Guevara Aguilar, subraya que, en esa votación, el diputado José Wilfredo Guevara Díaz ha pasado a suplir a la diputada propietaria Sandra Marlene Salgado García. Aunque ambos son del mismo partido político,- Gran Alianza por la Unidad Nacional (GANA)-, el Señor Guevara Díaz no era el diputado suplente de la diputada propietaria Salgado García. De manera que, el Señor Guevara Díaz únicamente podía suplir al Señor Gallegos Navarrete, de quien sí es diputado suplente y no a otro. Esto según el demandante Guevara Aguilar.

Los magistrados de la SC han estimado que la demanda ha sido planteada en la forma correcta, llenando los requisitos legales, por lo que han resuelto que se admita la misma, por contravenir,- según el demandante-, los Arts. 131 ordinal cuarto, 143 y 148 inciso segundo, todos de la Constitución.



MINISTRO DE HACIENDA CARLOS CACERES






El pasado día Martes, durante la presentación del informe del gabinete económico, el Ministro de Hacienda, Señor Carlos Cáceres, se ha referido a la citada demanda indicando que, “no veo por qué la Sala vaya a oponerse a eso, sin embargo la Sala es libre de fallar como quiera y nosotros tendríamos que acatarlo… lo que sí le pedimos a la Sala es que falle rápidamente porque en el mercado internacional sí pudiera ser delicado tener que poner en los prospectos que hay una demanda que está todavía en trámite ahí en la Corte (Suprema de Justicia)”.

Carlos Cáceres puntualizó que, de los US$900 millones, US$300 millones serían colocados en el mercado local y el resto en el internacional. Ese día Martes se han vendido los primeros US$100 millones, mismos que, según el funcionario, “van a ir directamente para la seguridad nacional, fundamentalmente para el reforzamiento y el equipamiento de la Policía Nacional Civil”.

En su resolución de admisión de la demanda, la SC ordena,- medidas cautelares-, que se suspenda el acto derivado de la norma venida en cuestionamiento, esto es, el decreto, hasta que se emita una Sentencia Definitiva. Además, se prohíbe al “Ministro de Hacienda y al Banco Central de Reserva, que actúa como agente financiero del gobierno, realizar toda operación que guarde una relación directa o indirecta con la emisión y colocación de títulovalores de crédito a que se refiere el decreto impugnado en el mercado nacional o internacional, lo que incluye la cancelación de los costos que demande la operación autorizada y la fijación de fechas y montos que correspondan a los títulos”.

Después de conocer la resolución, el diputado del grupo parlamentario del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional,- FMLN-, Rolando Mata, ha expresado que, la “resolución de admisión de la Sala de lo Constitucional es política, no jurídica ni constitucional, y responde a intereses de ARENA”. Para este diputado, lo que se pretende es asfixiar económicamente la gestión del Presidente Salvador Sánchez Cerén.

Para la diputada de Alianza Republicana Nacionalista,- ARENA-, y vicepresidente de la AL, Ana Vilma de Escobar, la admisión de la resolución no pone en dificultades las finanzas del gobierno. Ella afirma que, “en jaque ya estaban porque desde Octubre del año 2012 firmamos un acuerdo de sostenibilidad fiscal precisamente porque ya estaba el gobierno en dificultades”.

Por otra parte, a juicio del diputado Rolando Mata, quien conforma la Comisión de Hacienda de la AL, la admisión por parte de la SC obedece a intereses políticos y particulares, ya que se ha dejado de lado el derecho de la mayoría de la población.

El diputado ha expresado que, al suspender la colocación de los bonos en el mercado nacional e internacional, se deja sin recursos económicos al Estado para cumplir con compromisos en favor de la población, entre ellos los programas sociales como los útiles, uniformes y paquetes escolares, la pensión universal para las personas adultas mayores, programas para la prevención y combate a la delincuencia, así como los salarios de los empleados del sector público, entre otros.

“Nos parece que la resolución no es con base a los preceptos constitucionales ni jurídicos, mas bien son de interés particular, personal y político”, ha dicho el diputado Rolando Mata, quien ha recordado que, cuando se ha aprobado el decreto legislativo que autoriza la colocación de los US$900 millones de bonos, el Presidente del Consejo Ejecutivo Nacional,- COENA-, de ARENA, ha advertido que, la SC lo declararía inconstitucional y de esa forma se obligaría al FMLN a negociar o a co-gobernar.

También ha agregado que, tanto ARENA, como la empresa privada y la SC, pretenden atentar contra el gobierno central presidido por Sánchez Cerén, quien actualmente impulsa diversos programas y políticas sociales en favor de la mayoría de la población.

El secretario técnico de la Presidencia, Roberto Lorenzana, del FMLN, asegura que, la SC favorece la delincuencia con la medida cautelar que congela la emisión de los US$900 millones en bonos ya aprobados por la AL en las últimas plenarias del periodo anterior.

Lorenzana asegura que, dichos fondos serían destinados para el fortalecimiento de la seguridad en el país, equipamiento de la Policía, compra de armas y equipos para la corporación; sin embargo, de momento no se puede negociar ese dinero en el mercado de valores.

“No tendremos los recursos necesarios para combatir la seguridad. Se envía un mal mensaje y es como música para los oídos al crimen organizado”, dijo Lorenzana sobre la decisión de la Sala.

El funcionario insiste en que, ya se han colocado US$100 millones de los US$900 millones, pero éstos no podrán ser usados en cumplimiento de la medida cautelar. También, cuestiona a la SC por estar “dando un nuevo viraje al orden político del país” al deslegitimar la decisión de un diputado suplente.

Lorenzana ha asegurado también que, la SC estaría invalidando la decisión de un diputado suplente y eso podría provocar que se declare inconstitucional a los suplentes, lo cual sería negativo para el orden político establecido por la misma Carta Magna.

Santiago Flores del FMLN, alega que los cuatro magistrados de la SC responden a una estrategia, no solamente del partido ARENA, si no del gran capital del país, “es la mejor forma de decirlo”, añade.

Para el diputado del partido oficial, al entrar en función, los diputados suplentes tienen todo el carácter de propietario y aseguró que los magistrados de la SC, “no están actuando en función jurídica, sino en función política”.



DIPUTADA MARGARITA ESCOBAR





Por su parte, la legisladora de ARENA, Margarita Escobar, ha reaccionado contra los señalamientos sobre la supuesta “confabulación” de ARENA y la SC, afirmando que carecen de sentido.

“Eso es ridículo,- perdón por la palabra-, pero creo que la Sala está cumpliendo un mandato a conformidad a lo que tiene en su obligación hacer. Ese tipo de argumentos no abona y los ataques a la Sala de lo Constitucional agravan la situación de inseguridad en el país”, dice la diputada.

Según Margarita Escobar, la gran lección que deja el conflicto que se ha generado, tras la medida de la SC, es la necesidad de dejar de lado argumentaciones aunadas a la búsqueda de culpables y evidencia la necesidad de “crear un esquema de gobernabilidad basado en el interés nacional y el reconocimiento de todas las fuerzas políticas”.

ARENA asegura que, el FMLN no puede ignorar al principal partido de oposición y tendrá que negociar la aprobación de los US$900 millones. La diputada aclara que, ARENA busca contribuir a solucionar los problemas del país.

La subjefe de fracción del ARENA, Milena de Escalón, se mostró complacida por la medida cautelar emitida por la Sala de lo Constitucional a la aprobación de $900 millones en bonos y reiteró que de ser declarado inconstitucional, el FMLN se verá obligado a negociar con el principal partido de oposición.

Esta diputada asegura que, ARENA no busca bloquear los planes estratégicos del gobierno; por el contrario, aseguró, “se busca ayudarlos”, pero antes debe aprobarse una Ley de Responsabilidad Fiscal que elimine el despilfarro de los fondos públicos.

Asimismo, enfatiza que, ARENA está dispuesta a negociar con el FMLN la aprobación de los US$900 millones, siempre y cuando, se establezca claramente el destino de los mismos.



* * *



Son tres los Procesos Constitucionales que existen en el Estado de El Salvador, mismos que solamente pueden ser interpuestos ante la SC, los cuales se encuentran desarrollados en la Ley de Procedimientos Constitucionales:
·       Habeas Corpus
·       Amparo
·       Inconstitucionalidad

No se entra en detalle en lo que es el Proceso de Habeas Corpus,- alegando la detención ilegal del individuo-, y el Proceso de Amparo,- alegando la vulneración de un derecho constitucional en perjuicio propio-.

Básicamente son dos las causas de inconstitucionalidad que se pueden alegar en un Proceso de Inconstitucionalidad,- válida la redundancia-.

Dicho sea de paso, es incorrecto decir “Recurso de Inconstitucionalidad”. Esto, precisamente porque, un “recurso” es interpuesto por una de las partes en un proceso, con el objeto que el Juzgador o Autoridad modifique una resolución o sentencia desfavorable. En cambio un “Proceso de Inconstitucionalidad”,- PI-, pretende que, una norma, “acusada” de ser contraria a la Constitución, sea expulsada en forma definitiva del ordenamiento jurídico.

Regresando al tema en cuestión:

a)    Se puede alegar que una norma es contraria a la Constitución, porque la misma ha sido creada mediante un proceso de formación que no es el prescrito por el Constituyente.

b)    También se puede alegar que una norma violenta la Constitución porque la misma es contraria a lo que ésta prescribe en su texto.

c)    Por supuesto, también se puede alegar que una norma contraría la Constitución tanto en forma como en fondo,- “a” y “b”, respectivamente-.

Más en detalle:

El vicio de inconstitucionalidad por forma se refiere a la violación del procedimiento general que la Constitución establece para la creación y promulgación de una disposición jurídica, es decir a la vulneración del proceso jurídico-constitucional para su validez.

La validez es un concepto estrictamente formal, de manera que dentro del sistema jurídico salvadoreño, un acto normativo será válido cuando haya sido producido de acuerdo con lo que establezcen las normas sobre producción jurídica que prescribe y manda la Constitución y que dicha norma no contraríe la Constitución.

Éste es el caso que atañe y alegado por el ciudadano René Alfonso Guevara Aguilar,- según lo que él esgrime como argumentos-.

Dentro de un PI, las medidas cautelares se dictan para evitar la ejecución de cualquier acto que pudiera producir daños de imposible o difícil reparación. Por esto, en la mayoría de procesos constitucionales, son aplicables las medidas cautelares.

Otro dato que es de extrema importancia es que, las medidas cautelares, aún y cuando el demandante no las solicite, deberá dictarlas de oficio la SC, siempre y cuando, la no promulgación de las mismas, pudiera acarrear un daño irreparable o de difícil reparación.

En el caso de un PI, la aplicación de medidas cautelares está encaminada a evitar que la ejecución de cualquier acto pudiese producir daños de imposible o difícil reparación, como ya arriba se ha dicho.

En el caso que atañe, si se diera el caso que, la sentencia fuera estimatoria,- “ha lugar la inconstitucionalidad alegada”-, ¿de qué serviría esa sentencia si los bonos ya han sido colocados y negociados en el mercado?

Es importante considerar que las medidas cautelares tienen su base en la existencia del proceso mismo, dado que se toman dichas medidas como una respuesta a una necesidad creada dentro del mismo proceso, como una función dentro del ejercicio de la potestad jurisdiccional, partiendo de la idea que la justicia cautelar forma parte del debido proceso.

Doctrinariamente hay diferentes visiones de lo que se cree es el fin inmediato de las medidas cautelares:

Para Carnelutti, el proceso cautelar sirve de forma inmediata a la composición procesal de la litis, pues su finalidad es la garantía del desarrollo o resultado de otro proceso del cual saldrá la composición definitiva.

Para el autor Calamandrei, es una anticipación provisoria de los efectos de la garantía jurisdiccional, vista su instrumentalidad.

Podetti indica que, “las medidas cautelares son actos procesales del órgano jurisdiccional adoptados en el curso de un proceso de cualquier tipo o previamente a él, a pedido de interesados o de oficio, para asegurar bienes o pruebas, o mantener situaciones de hecho, o para seguridad de personas, o satisfacción de necesidades urgentes; como un anticipo, que puede o no ser definitivo, de la garantía jurisdiccional de la defensa de la persona o de los bienes y para hacer eficaces las sentencia de los jueces”.

Kisch, citado por Brenberg, dice que, el objeto de las medidas cautelares es “impedir que la soberanía del Estado, en su más alto significado, que es el de la justicia, se reduzca a ser una tardía e inútil expresión verbal”.

Así, el PI, entendido como mecanismo de tutela de los derechos y libertades fundamentales y aquellos referentes al control de constitucionalidad, requiere de una agilidad y garantía procesal idónea para hacer exactamente eso mismo: El resguardo, atención, tutela, y eficaz cumplimiento de los derechos fundamentales de la población que, en un momento determinado se vea afectado por leyes o decretos que se emitan.

Eso sí, para la adopción de medidas cautelares es necesario que se manifiesten dos grandes elementos a los cuales la Doctrina les ha llamado presupuestos y que, se consideran sustanciales para poder dar vida a toda medida cautelar:

a)    Periculum in mora: Peligro por la mora,- peligro por la tardanza procesal-. Exsite una amenaza a una posible sentencia estimatoria si no se suspende el efecto de la norma cuestionada. Así, la parte impetrante, que a la postre resultara ganadora, vería que, su petitorio no ha servido de nada, pues la norma cuestionada y sus efectos han continuado afectando negativamente la esfera jurídica de los residentes del Estado.

b)    Fumus bonis iuris: Apariencia de buen derecho. Por la forma en la cual se expone la cuestión, es probable que exista un derecho amenazado, siendo no necesaria la prueba plena de la existencia de dicho derecho sino su verosimilitud, la cual hace alusión a la apariencia fundada del Derecho. Este fundamento responde así al justo término medio entre la certeza que comporta la sentencia que se dicta al finalizar el proceso y la incertidumbre base de la iniciación de ese proceso.

Como digresión:

La medida cautelar más famosa y conocida en el mundo es el “secuestro o embargo”. La mayoría de la gente cree que, una vez algo les ha sido embargado, ya han perdido la propiedad sobre ello. Esto no es así, se secuestra o embarga la cosa, solamente como una garantía para responder en caso que la sentencia sea favorable al demandante. Si el demandante resulta perdidoso, la cosa secuestrada o embargada será liberada y devuelta a su propietario.

Continuando...

¿Es posible que el ciudadano demandante René Alfonso Guevara Aguilar esté siendo apadrinado por las derechas en la interposición de este PI? Puede que sí, puede que no. ¡Él sabrá! ¡Lo medular es si la norma cuestionada, en su formación, es inconstitucional o no!

¿Está la SC del lado de los grupos económicos de las derechas y por ello han dictado medidas cautelares? La verdad, la misma Ley de Procedimientos Constitucionales prescribe que la SC dicte medidas cautelares, principalmente en un caso como el que se discute acá.

¿Ha sido esta demanda interpuesta a modo de “chantaje político” de parte de ARENA en contra del FMLN, para obligar a éste a negociar y co-gobernar con aquélla? ¡Puede ser!

¿Es correcto que la Presidente de la AL, diputados y altos miembros del FMLN, así como el Presidente Sánchez Cerén estén despotricando contra la SC? ¡No! ¡Esto, dicho en forma rotunda!

¡Lo que sí queda claro es que, la Sentencia Definitiva que dicte en este causa la SC, sentará un precedente de grandes proporciones!

Si la misma Sentencia Definitiva es estimatoria, muchas leyes, reglamentos y otras normas dictadas en el pasado podrán ser cuestionadas por el mismo vicio de forma, pues es costumbre dentro de la AL promulgar decretos en la forma que ahora viene en cuestionamiento. ¡Esto ha sido hecho así desde hace muchísimo años!

Así, cualquier ciudadano podría tomar papel y lápiz, anotar todas las normas promulgadas en igual forma, e interponer el correspondiente PI, con la cuasi plena certeza que, todas las normas cuestionadas deberán ser declaradas inconstitucionales.

En lo personal, servidor considera que, los cuatro magistrados de la SC,- cuatro de cinco-, que se han ganado el mote popular de “Los Cuatro Fantásticos” y “Los Cuatro Jinetes del Apocalipsis”, son personas decentes y realmente honorables jueces. Por supuesto, cada uno en su intimidad tiene sus preferencias políticas, lo cual es bien sabido por los residentes del Estado de El Salvador, pero ello no es óbice para que dicten sentencias apegadas a Derecho.

Atahualpa: ¡Son usos de la guerra, vencer y ser vencido!

Dura lex sed lex!



¡Saque el lector sus propias conclusiones!



José Roberto Campos h.
DOM 14 JUN 15